Datos de la actividad
Nombre
Francisco Javier Martínez Rodríguez
Matrícula
ES221104182
Programa
Ing. en Tecnología Ambiental, CSBA
Institución
Universidad Abierta y a Distancia de México
Actividad
Semana 1
Unidad
Unidad 3 · Aplicación de la Ética Ambiental
Asignatura
Ética Ambiental TETI
Docente
Fausto Ernesto Campos Reyes

Problemática

Contaminación en afluentes y suelos de las barrancas y bosques transformados de la Alcaldía Álvaro Obregón y del poniente del Valle de México. La crisis expresa degradación ecológica, presión urbana, incumplimiento normativo y una relación históricamente extractiva con estos ecosistemas de recarga hídrica.

Descripción de la problemática

Las barrancas reciben aguas residuales, basura y cascajo; eso contamina afluentes, degrada suelos, obstruye cauces y reduce la recarga del acuífero.

Descripción de la problemática

Las barrancas de Álvaro Obregón enfrentan una degradación crítica por el crecimiento urbano acelerado y el cambio de uso de suelo. Han sido usadas como receptores de aguas residuales domésticas, lo que eleva la carga orgánica y favorece la eutrofización.

La disposición inadecuada de residuos sólidos y cascajo obstruye cauces naturales, provoca inundaciones, fomenta fauna nociva y compromete la cabecera de cuenca y la recarga del acuífero.

Descripción de la legislación aplicable

El marco jurídico abarca constituciones, leyes de agua, normas ambientales, gestión de residuos, alcaldías, ordenamiento urbano y NOM sobre descargas.

Descripción de la legislación aplicable

Son aplicables:

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
  • Constitución Política de la Ciudad de México
  • Ley General de Aguas
  • Ley de Aguas Nacionales
  • Ley del Derecho al Acceso, Disposición y Saneamiento del Agua de la CDMX
  • Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA)
  • Ley Ambiental de la Ciudad de México
  • Ley de Residuos Sólidos de la CDMX
  • Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
  • Ley Orgánica de Alcaldías de la CDMX
  • Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para Álvaro Obregón
  • NOM-001 y NOM-002-SEMARNAT

Urgencia y rutas de acción con el recurso hídrico

La ley reconoce el agua y el saneamiento como derechos humanos y obliga a prevenir descargas, proteger zonas de recarga y sanear barrancas.

Urgencia y rutas de acción hídrica

La legislación mexicana establece que el acceso al agua es un derecho humano esencial para la vida. Por ello obliga a las autoridades a garantizar saneamiento integral y proteger zonas de recarga hídrica como las barrancas del poniente capitalino.

Se prohíbe verter lodos o basura en cauces federales, se exige el tratamiento previo de descargas y, en el ámbito local, las barrancas son reconocidas como Áreas de Valor Ambiental, lo que justifica saneamiento, vigilancia, infraestructura hidráulica y captación pluvial.

Valores éticos presentes en la legislación aplicable

Sobresalen la equidad intergeneracional, la solidaridad, la responsabilidad ambiental y la idea de resguardar el patrimonio natural común.

Valores éticos presentes

La equidad intergeneracional obliga a proteger los recursos hídricos actuales para no comprometer la salud y el bienestar de generaciones futuras. La solidaridad se expresa en la corresponsabilidad entre gobierno y sociedad para cuidar cuencas y barrancas.

La responsabilidad ambiental aparece en el principio de “quien contamina, paga”, que exige reparación integral del daño. También puede identificarse una lógica biocéntrica, al reconocer a la barranca como un sistema vivo con valor intrínseco.

Acciones que podrían realizarse para que se cumpla con la norma

Humedales construidos, módulos de separación, control de descargas, retiro de residuos y restauración harían operativa la obligación jurídica.

Acciones para cumplimiento normativo

La implementación de humedales construidos permitiría purificar descargas domésticas mediante procesos biológicos antes de que lleguen a los cauces. Los módulos de separación ayudarían a erradicar tiraderos clandestinos y a responsabilizar a los generadores de residuos.

Estas medidas responden a la equidad intergeneracional, al principio de “quien contamina, paga”, al biocentrismo y al principio precautorio. Además, transforman una moralidad pasiva en una ética de la responsabilidad apoyada en innovación técnica y compromiso social.